Aunque muchas personas tienen la creencia que manejar motocicleta es más fácil que un automóvil la verdad es que necesitan tener conocimientos y saber el reglamento víal en ambos casos. Por esta razón obtener la licencia de conducir para motocicletas es similar a la licencia de automovilistas. Podrías pensar si es obligatorio contar con este documento y la respuesta es SI.
La licencia de conducir para motociclista es indispensable para poder transitar por la ciudad, trabajar o salir a rodar en carretera.
El obtener tu licencia demuestra a las autoridades que conoces el reglamento víal y que cuentas con las habilidades para poder conducir el vehículo (en este caso la moto) sin dificultad. Es por ello que a continuación te explicamos los requisitos, dónde y el procedimiento para tramitar tu licencia de motociclista en Mérida y en general en Yucatán.
Requisitos para obtener licencia de motociclista
1. Identificación oficial (original y copia legible), cualquiera de las siguientes:
- Credencial del INE o IFE vigente
- Pasaporte vigente
- Cédula Profesional
- Cartilla S.M.N. con máximo 5 años de haberse expedido
- Pre cartilla S.M.N. (reciente)
- Certificado de antecedentes penales (reciente)
- Para Extranjeros: Documento vigente que acredite su legal estancia en el país. (Residencia Temporal, Permanente o carta de Naturalización).
Además, presentar Carta del Instituto Nacional de Migración, en donde se especifique la dirección registrada de residente en Yucatán, con vigencia máxima de 90 días de expedición.
El interesado puede acudir, antes de iniciar su trámite, al Centro de Servicios Yucatán para que se le entregue un oficio en donde se solicita al INM el domicilio actual que tienen registrado del ciudadano extranjero en Yucatán, anexando el comprobante de domicilio, que deberá coincidir con el descrito en la carta del INM.
2. Comprobante de domicilio del Estado de Yucatán en original y copia (90 días máximo de expedición y estar a nombre del interesado).
Cualquiera de los siguientes:
- Recibo de agua
- Recibo de Energía Eléctrica
- Recibo de pago del Impuesto Predial.
- Si no cuenta con comprobante de domicilio a su nombre y/o no coincide su identificación oficial con el comprobante de domicilio, deberá presentar original de carta o constancia de domicilio expedida, por el Presidente o Secretario Municipal de su localidad; debidamente sellada y firmada, con vigencia máxima de 90 días de expedición, anexando original y copia del comprobante de domicilio. (Solo aplica para Identificaciones Oficiales que ya cuentan con dirección en el Estado de Yucatán).
Si la identificación oficial presentada por el interesado tiene registrado un domicilio de otra entidad federativa, deberá presentar su comprobante de domicilio a su nombre y con dirección del estado de Yucatán.
Se aceptará el comprobante de domicilio contrato (Recibo de Agua, Energía Eléctrica y Recibo de pago del Impuesto Predial), si no se encuentra a nombre del interesado, siempre y cuando la dirección sea la misma que se encuentra registrada en su INE o IFE vigente o Licencia de Conducir del Estado de Yucatán.
3. Haber cumplido 18 años.
4. No tener ninguna restricción o impedimento legal.
5. Presentar acta de nacimiento (original y copia) sin importar su fecha de emisión, siempre y cuando sea legible. Se solicitará acta actualizada en los casos que presenten anotaciones marginales.
6. Para personas con Discapacidad además deberán:
- Entregar una constancia en original y copia expedida por un médico especialista sobre su discapacidad, que acredite su aptitud para conducir vehículos de combustión, híbridos o mixtos o eléctricos.
- Presentar en su caso, el vehículo provisto con los mecanismos adaptados correspondientes u otros medios auxiliares que, previa demostración ante los peritos, le permitan conducir en forma segura.
- Portar, en su caso, las prótesis u otros dispositivos de apoyo que le permitan conducir adecuadamente al momento de realizar el trámite.
*Toda la documentación se presenta en original y copia legible tamaño carta.
Para mayor información de los requisitos, comunicarse a los teléfonos (999) 930-32-00 extensión 40503 y 40525.
Costo de la licencia de motociclista
Puede realizar el pago en efectivo, tarjetas de débito, tarjetas de crédito VISA o MasterCard, NO aplica American Express.
- Persona con discapacidad Moto 2 años: $ 224..00
- Persona con discapacidad Moto 3 años: $ 337.00
- Persona con discapacidad Moto 5 años: $ 560..00
- Motociclista 2 años: $ 313.00
- Motociclista 3 años: $ 449.00
- Motociclista 5 años: $ 749.00
Procedimiento para tramitar licencia de motociclista
- Acuda al módulo de Centro de Servicios Yucatán.
- Entregar la documentación mencionada en requisitos en el área de recepción.
- Mencionar de cuanto tiempo será la vigencia de la licencia.
- Pasar el examen de la vista.
- Propocionar su tipo de sangre o de lo contrario realizar la prueba con el químico en turno.
- Pasar el examen de conocimiento basado en la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán y su Reglamento vigente.
- Realizar la prueba de destreza de manejo con la motocicleta.
- Una vez aprobados los exámenes dirigirse al área de cajas para realizar el pago.
- Se le tomará una fotografía, huella y firma que aparecerán en la licencia.
- Presentar el recibo de pago en el área de entrega de licencia para que se le entregue la misma.
- En caso de requerir facturar el trámite, deberá realizarlo en un lapso no mayor a 72 hrs. en la dirección electrónica srvshyws.yucatan.gob.mx/internet/cfdi/
Normatividad de la licencia de motociclista
- Artículos 125, 126, 127, 128 y 129 del Reglamento de Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán.
- Artículo 249 fracción IV, artículo 259 fracción I, III, V y VI del Reglamento del Código de la Administración Pública.
- Artículo 53 fracciones I incisos a), b) y c), II incisos a), b) y c), III incisos a), b) y c), IV incisos a), b) y c), y V incisos a) b) y c) de la I Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán.
- Artículo 2 rubro 4-Derechos, Tipo 4.3.2.3 de la Ley de Ingresos de Estado de Yucatán para el Ejercicio Fiscal vigente..
- Artículo 7 fracciones III y IV de la Ley de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán.
- Artículo 12 fracción I del Reglamento de la Ley de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán.
Es cierto que manejar motocicleta te puede hacer sentir libre, pero también se debe recordar que existen reglamentos viales que tienes que cumplir para evitar multas y sobre todo poner en riesgo tu vida y la de los demás. De igual forma recuerda mantener renovada la licencia después del periodo que hayas elegido de validéz.